Les recordamos, a través del mensaje de la ORGANIZACIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE DE URUGUAY (ONAU), que a partir del 29/7/2013, están en vigencia las normas internas que regulan la actividad vinculada al dopaje en el Uruguay, y adjuntamos el enlace a dicha normativa.
Dichas normas están en armonía con el Código Mundial Antidopaje, elaborado por la Agencia Mundial Antidopaje, obligatorio para nuestro país en virtud de las disposiciones de la Ley Nº 18.969.
Del mismo modo, «recordamos la importancia de la difusión de las normas, y en especial, el marco sancionatorio al que están expuestos los deportistas y personal de apoyo, debiendo tenerse especialmente presente que desde el 1 de enero de 2015, en virtud de la reciente aprobación de modificaciones al Código Mundial Antidopaje, también obligatoria para nuestro país, sin perjuicio de las circunstancias atenuantes que puedan existir en cada caso en concreto, éste se vuelve mas riguroso frente a sus violaciones, pasando por ejemplo la sanción mínima a duplicarse».